Los magistrados electorales consideraron que Vargas no fue forzado a renunciar por las autoridades del Frente Amplio, como el ex legislador alegó en su recurso.

“No hubo violencia ni actos coercitivos ilegítimos” por parte del ex candidato presidencial José María Villalta y de la presidenta de la agrupación, Patricia Mora,  y el jefe de fracción, Gerardo Vargas, para obligarlo a renunciar, estableció el TSE.

El fallo indica que Vargas tenía la posibilidad de negarse a ceder a tales presiones, sobre todo contando con el hecho de que al diputado lo cobija un régimen de independencia y de inmunidad parlamentaria, en la que pudo ampararse.

Ronal Vargas fue acusado de acoso sexual por una funcionaria legislativa, lo que provocó una inmediata reacción de las autoridades del partido, que le demandaron la renuncia.

El mismo día, el diputado anunció su renuncia ante el plenario legislativo, que desconocía la situación de fondo, y aseguró que lo hacía por causa de una enfermedad grave que requería de un complejo tratamiento. El anuncio le procuró intensas manifestaciones de solidaridad de diputados de todos los partidos políticos.

Posteriormente, Vargas reconsideró su decisión y acusó a los dirigentes frenteamplistas de haberlo sometido a una “presión escandalosa” para obligarlo a renunciar.

“Con Gerardo Vargas (jefe de fracción) y Villalta, especialmente, se dio un diálogo muy fuerte, muy humillante y hasta se me impidió pedir asesoría a alguna persona de mi confianza”, afirmó Vargas.

“Pedí 12 horas para poder consultar y no me dieron ni un minuto. Es más, hasta me escribieron la carta de renuncia que yo debía presentar al Tribunal Supremo de Elecciones porque yo no me sentía capacitado de escribirla”, dijo el diputado, un ex sacerdote conocido por sus intensas luchas a favor de causas sociales en la provincia de Guanacaste.

Pese a estos argumentos, el TSE consideró que la renuncia de Vargas es irreversible.